CPE

Artículo 13.

Texto Legal

(Financiamiento de la campaña) El Estado, a través del presupuesto del Consejo Nacional Electoral, financiará exclusivamente la campaña propagandística en prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias de todas las candidaturas unipersonales y pluripersonales, excepto las de juntas parroquiales rurales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13 del CPE?

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