CPE

Artículo 429.

Texto Legal

La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Ejerce jurisdicción nacional y su sede es la ciudad de Quito. Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la Constitución serán adoptadas por el pleno de la Corte.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 429 del CPE?

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