CPE

Artículo 188.

Texto Legal

En aplicación del principio de unidad jurisdiccional, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional serán juzgados por la justicia ordinaria, Las faltas de carácter disciplinario o administrativo serán sometidas a sus propias normas de procedimiento. En razón de la jerarquía y responsabilidad administrativa, la ley regulará los casos de fuero. Sección séptima Jueces de Paz

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 188 del CPE?

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