CPE

Artículo 119.

Texto Legal

Para ser asambleísta se requerirá tener nacionalidad ecuatoriana, haber cumplido dieciocho años de edad al momento de la inscripción de la candidatura y estar en goce de los derechos políticos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 119 del CPE?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 119 del CPE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 119 CPE desde tu celular