CT Ecuador

Artículo 74..

Texto Legal

Procedimiento general y de excepción.- Los actos administrativos se producirán por el órgano competente, mediante el procedimiento que este Código establece. Se aplicará la ley especial tributaria cuando por la naturaleza del tributo se instituya un procedimiento de excepción.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74. del CT Ecuador?

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