CT Ecuador

Artículo 22..

Texto Legal

Intereses a cargo del sujeto activo.- Los créditos contra el sujeto activo, por el pago de tributos en exceso o indebidamente, generarán el interés equivalente a la tasa activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador, señalado en el artículo anterior desde la fecha en que se presentó la respectiva solicitud de devolución del pago en exceso o del reclamo por pago indebido. Nota: Artículo sustituido por Artículo 58, numeral 1 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial suplemento 309 de 21 de Agosto del 2018 . Capítulo IV De los sujetos

Preguntas Frecuentes

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